La Policía lo detuvo durante el Operativo Impacto. Llevaba 35,7 gramos de una sustancia estupefaciente, dinero y un arma de fuego.
La Justicia condenó a Carlos Adrián Paz Báez, de 41 años, por suministro de estupefacientes y varios delitos vinculados con armas de fuego en San Carlos.
El hombre, que tenía antecedentes penales, recibió una pena de dos años y seis meses de penitenciaría.
La Policía detuvo un automóvil durante la madrugada
El procedimiento ocurrió en la madrugada del 1.º de agosto, en el marco del Operativo Impacto.
Efectivos del Programa de Alta Dedicación Operativa de Zona Operacional III detuvieron un automóvil en la calle Presidente Tomás Berreta, en San Carlos.
Los policías se acercaron para identificar a los ocupantes y solicitaron que el hombre descendiera del vehículo.
Arrojó un morral dentro del vehículo
Cuando recibió la orden de bajar, el hombre arrojó hacia el interior del automóvil un morral que llevaba consigo.
Durante la revisión, los efectivos encontraron dentro del bolso una bolsa con 35,7 gramos de una sustancia estupefaciente y dinero.
Además, comprobaron que Paz Báez llevaba un arma de fuego entre sus prendas.
Los policías lo detuvieron en el lugar.
La Brigada Antidrogas asumió la investigación
La Brigada Departamental Antidrogas quedó a cargo del caso.
La Fiscalía Letrada de Maldonado de 4.º Turno tomó intervención y ordenó varias diligencias.
También dispuso el traslado del detenido a la sede fiscal para continuar con las indagatorias.
La Justicia dictó la condena
Durante la tarde del mismo día, el hombre compareció ante el Juzgado Letrado de Maldonado de 4.º Turno.
La Justicia lo condenó como autor de un delito de suministro de sustancias estupefacientes prohibidas.
Además, lo responsabilizó por:
- tráfico de armas de fuego;
- porte de arma en lugares públicos;
- porte de arma por reincidente.
La sentencia consideró los delitos en régimen de reiteración real y concurso formal.
Recibió dos años y seis meses de penitenciaría
El juez impuso una pena de dos años y seis meses de penitenciaría.
La resolución descontará el tiempo que el condenado permaneció detenido.
También deberá cumplir las obligaciones previstas en el artículo 105 del Código Penal.