La Intendencia de Maldonado amplió hasta el 30 de noviembre de 2025 el plazo para que jubilados, pensionistas y propietarios de única vivienda completen el formulario de exoneración del impuesto. El trámite es gratuito y se realiza en línea o de forma presencial.

La Intendencia de Maldonado (IDM) informó la extensión del plazo para que jubilados y pensionistas por vejez (BPS), así como quienes poseen una única propiedad en el departamento, puedan acceder al beneficio de exoneración del Impuesto de Contribución Inmobiliaria correspondiente al ejercicio 2026.

👉 El nuevo plazo vence el 30 de noviembre de 2025.

El trámite, establecido por el Decreto Departamental 4036/2021, permite a los beneficiarios ampararse a la exoneración parcial o total del impuesto, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Además, se recuerda que el trámite no tiene costo y puede realizarse:

  • 💻 En línea, completando el formulario electrónico disponible en el sitio de la IDM.
  • 🏢 Presencialmente, en el Centro de Informes del Hall del Edificio Comunal, de lunes a viernes de 9:15 a 14:45 horas, donde se brinda asistencia para completarlo.

Requisitos principales

Jubilados y/o Pensionistas por vejez (solo BPS)

  • Completar el formulario electrónico y adjuntar los documentos solicitados.
  • El inmueble debe ser única propiedad, urbano o suburbano, y habitado de forma permanente por el titular y familiares de primer grado.
  • No debe existir ningún comercio instalado en el padrón.
  • Documentación:
    • Cédula de identidad
    • Título de propiedad
    • Último recibo de BPS
    • Recibo de UTE, OSE o Antel como constancia de domicilio

Beneficio económico:

  • Contribución hasta $4.099 → Exonera 100%
  • Contribución hasta $8.198 → Exonera 50%

Única propiedad – Maldonado

  • Documento de identidad del solicitante y de los integrantes del núcleo familiar.
  • Título de propiedad.
  • Comprobantes de ingresos o constancia de cobro.
  • El ingreso del núcleo familiar no debe superar los 7 BPC ($46.032).
  • Imponible o aforo del bien menor a $79.209.
  • Recibo de UTE, OSE o Antel como constancia de domicilio.

Beneficio económico:

  • Única propiedad, imponible menor a $79.209 → Exonera 50%
  • Hogar monoparental con menores a cargo → Exonera 60%

En ambos casos, el beneficio se debe gestionar anualmente.

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