La Justicia condenó a un joven de 27 años por un hurto especialmente agravado cometido en avenida Batlle y Ordóñez. Cumplirá una pena mixta, con tres meses de prisión efectiva y el resto en libertad a prueba.

Un joven de 27 años fue condenado en Maldonado por hurto especialmente agravado, luego de robarle el celular a una menor de edad en una parada de ómnibus de la ciudad. El hecho ocurrió el 5 de abril, sobre las 20:00 horas, en avenida Batlle y Ordóñez.

Según surge de la investigación, la adolescente fue abordada por un hombre que, mediante amenazas verbales, le quitó el teléfono celular mientras esperaba el transporte.

El robo ocurrió en una parada de ómnibus

Tras la denuncia, concurrió como primera respuesta personal de Seccional 1ª, que se entrevistó con la víctima y con su madre para tomar la denuncia correspondiente. Luego el caso pasó al Área de Investigaciones de la Zona Operacional II.

A partir de tareas de campo y distintas actuaciones investigativas, los policías lograron identificar al autor. Se trata de un hombre de iniciales R.G.M.R., de 27 años, que no tenía antecedentes penales. A partir de esa identificación se libró requisitoria en su contra.

Fue detenido por PADO

La detención se concretó el 6 de mayo, cuando efectivos del Programa de Alta Dedicación Operativa (PADO II) realizaban recorridas y lograron identificar al requerido. En ese momento fue detenido y trasladado a dependencia policial.

Posteriormente, la Fiscalía Letrada de 2° Turno dispuso su conducción a sede fiscal para continuar con la investigación.

La condena será en régimen mixto

El 7 de mayo, luego de prestar declaración en Fiscalía, el detenido fue llevado ante el Juzgado Letrado de 11° Turno, que lo condenó como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado.

La pena impuesta fue de 12 meses de prisión, con descuento del tiempo de detención ya cumplido. Sin embargo, la Justicia dispuso un régimen mixto: los primeros tres meses serán de prisión efectiva y el resto se cumplirá bajo libertad a prueba, al amparo del artículo 295 bis del Código del Proceso Penal.

Las obligaciones que deberá cumplir

Durante el período de libertad a prueba, el condenado deberá:

  • residir en el domicilio fijado ante la Justicia;
  • quedar sujeto a orientación y vigilancia;
  • presentarse una vez por semana en la seccional policial correspondiente a su domicilio;
  • realizar tareas comunitarias una vez por semana, durante dos horas, por el plazo máximo legal de 10 meses.

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